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EL AÑO COMIENZA CON OBLIGACIONES

Con el inicio del año, comienzan las obligaciones para los contribuyentes, por lo que en esta edición les acercamos un panorama de los distintos deberes que se deben cumplimentar en los próximos días.
En la presente edición, desarrollamos los distintos aspectos de las obligaciones de los trabajadores en relación de dependencia vinculadas al impuesto a las ganancias, y los plazos y procedimientos relacionados con dichas obligaciones.
Repasamos también las diferentes características del Impuesto a los Bienes Personales, tema de vital importancia ya que, con la falta de actualización del mínimo exento, cada año el universo de contribuyentes alcanzado por dicho impuesto se amplia.
Además, nos introducimos en el tema de la factura electrónica para las exportaciones de servicios, régimen que ha sufridos cambios recientemente.
Los acompañaremos durante el 2015, y como siempre, estamos a disposición de ustedes para responder a cualquier duda o consulta que surja sobre los temas desarrollados.


   Novedades

OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN PARA EMPLEADOS

El 31 de diciembre de 2014 terminó el año fiscal  para  los empleados en relación de dependencia que resulten responsables del Impuesto a las Ganancias y tienen plazo hasta el 31 de enero de 2015 para informar a sus empleadores sobre las deducciones personales, de gastos y pagos a cuenta que aún no hayan computado.
Asimismo, como explicaremos a continuación, en función de sus ingresos anuales, pueden tener obligaciones de informar sus bienes, sus ingresos, gastos, deducciones y retenciones.

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IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES 2014

Pasó el año y si bien nuestro patrimonio pudo no haber variado respecto del año anterior observamos que, si no lo éramos, tenemos grandes chances de convertirnos en nuevos contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales y si ya veníamos pagando es probable que nos afecte una alícuota superior. Esto es así porque el mínimo exento para no abonar el tributo permanece invariable desde el año 2008, al igual que las escalas, en la suma de $ 305.000 y la inflación hace el resto.

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Autonomos

FACTURA ELECTRÓNICA EN EXPORTACIONES DE SERVICIOS

Como mencionáramos en nuestra edición anterior, la AFIP ha puesto en funcionamiento el régimen de facturación electrónica para la exportación de servicios.
En consecuencia a partir del 1 de enero de 2015, están obligados a emitir comprobantes electrónicos aquellos que realicen prestaciones de servicios en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, es decir todos aquellos sujetos que exporten servicios y emitan facturas, notas de crédito y de débito del tipo “E”.

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Recordatorios


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Atentos a las novedades

En nuestra web Estudio Giagante
todos los meses podrá encontrar aquellas novedades fiscales, laborales o societarias, que afectan su negocio y su actividad.
Si aún no lo hizo, conozca las últimas, clickeando en cada link:

Código Fiscal 2015 - Provincia de Buenos Aires

Régimen de incentivos para la fabricación de bienes

Exteriorización de moneda extranjera

Estudio Giagante

¿Sabía Usted que...

… si es empleado y percibe remuneraciones superiores a $ 96.000 anuales (brutos) está obligado a presentar la declaración jurada del Impuesto a los Bienes Personales, aunque no arroje saldo a pagar?.

Para mayor información comuniquese con nuestro Departamento de Impuestos haciendo click aqui.

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