Novedades
NUEVO RÉGIMEN LEGAL PARA PERSONAL DOMÉSTICO
Entró en vigencia un nuevo régimen que regula las relaciones laborales del personal de casas particulares.
Esta ley, largamente esperada y que vino a traer justicia a un sector
tradicionalmente desprotegido, se aplica a todo el personal doméstico,
sin establecer ningún régimen mínimo de horas o días laborales y desde
el mismo momento en que comienza a prestar sus servicios.
Comprende tanto a aquellas trabajadoras que presten tareas para un
único empleador, como a aquellas que lo hagan para distintos empleadores
La ley implica un gran cambio respecto al régimen existente, ya que
extiende a estas relaciones laborales derechos similares a los vigentes
para el resto de los trabajadores.
De este modo, legisla sobre jornada de trabajo, descanso, horas extras, vacaciones, licencias, etc..
También incorpora modificaciones importantes al régimen de Seguridad
Social, estableciendo un esquema de aportes a cargo del
trabajador y contribuciones a cargo del empleador, que se debe aplicar
a todos los casos.
En definitiva, se fijan una serie de obligaciones a cargo de los
empleadores y hasta se establece una presunción laboral, por la cual el
Fisco podrá presumir la existencia de personal doméstico cuando los
contribuyentes superen detetrminados parámetros de ingresos y
patrimonio.
Creemos que es muy importante que todo aquel que tenga personal
doméstico se informe y asesore adecuadamente sobre los alcances de esta
ley. Por tal motivo, sugerimos leer el artículo que hemos incluido en
nuestra web, clickeando en el siguiente vínculo, y si aún no lo ha
hecho, solicitar una entrevista con su profesional de confianza para
interiorizarse sobre sus obligaciones.
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INFORMACIÓN
BLANQUEO DE CAPITALES
Se acaba de instrumentar un régimen de exteriorización voluntaria de moneda extranjera existente en el país y en el exterior.
Por el mismo, los importes exteriorizados no estarán sujetos a ningún
impuesto especial y se eximen de los impuestos nacionales omitidos de
declarar.
Además, se libera de acciones a los directivos y demás responsables por las transgresiones que resulten regularizadas.
Asimismo, se reconocen algunas exclusiones al blanqueo, como por
ejemplo, los fondos con origen en el lavado de dinero, a los imputados
por esos delitos y a sus familiares, etc..
En el marco de este régimen, se crean instrumentos financieros
específicos, que deberían respaldar a los fondos recibidos y cumplir
algunos objetivos macroeconómicos.
Al margen de nuestro profundo desacuerdo con este tipo de medidas, por
consideraciones éticas y de equidad, ponemos a disposición nuestro
conocimiento y experiencia, para aquellos que requieran asesoramiento o
información al respecto.
Puede clickear en el siguiente vínculo para obtener más información sobre el régimen.
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INFORMACIÓN
OPORTUNIDAD PARA REGULARIZAR DEUDAS IMPOSITIVAS
Queremos
recordar que el próximo 31 de Julio vence el plazo establecido por el
Gobierno Nacional para regularizar deudas impositivas y de los recursos
de la seguridad social (con vencimientos anteriores al 28 de Febrero de
2013), a través del Plan de Facilidades de Pago Vigentes.
En situaciones inflacionarias, como la actual, este tipo de planes
suele resultar ventajoso, al brindar largo plazo (máximo: 10 años) para
la cancelación de las deudas, y fijar la misma en cuotas fijas y en
pesos.
Estamos a su disposición para asesorarlo. Si así lo deseara, puede
concertar una cita con nuestro personal del Departamento Impuestos
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