La AFIP informo que prorroga la presentación de la declaración jurada anual y el ingreso del saldo resultante de los Impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales e Impuesto Cedular, del periodo fiscal 2020.
Las nuevas fechas de vencimiento de presentación según terminación de CUIT son las siguientes:
0, 1, 2 y 3: 10/8/2021 y 11/8/2021 respectivamente,
4, 5 y 6: 11/8/2021 y 12/8/2021 respectivamente,
7, 8 y 9: 12/8/2021 y 13/8/2021 respectivamente.
El ingreso del saldo resultante se efectúa, en todos los casos, el día hábil siguiente al de la presentación.
También, se prorroga entre el 24 y el 26 de agosto, según la terminación de la CUIT, el vencimiento del primer anticipo.
Además, se extiende al 31/8/2021 la presentación de la declaración jurada informativa para los empleados en relación de dependencia, ahora obligatoria para aquellos sujetos que hubieren obtenido una remuneración anual mínima de $ 2.500. 000.
El organismo fiscal anuncio que la resolución general que instrumenta la prorroga deberá ser publicada en el Boletín Oficial en los próximos días.
De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos.