Beneficios del nuevo programa REPRO II extendido
El actual ATP residual finaliza en diciembre 2020, luego a partir de enero de 2021 ha sido extendida la posibilidad de obtención del subsidio enmarcado en el REPRO II y, eventualmente, algún otro beneficio adicional que pueda crearse.
El REPRO II tiene por su propio esquema, el subsidio es de $ 9.000 por cada trabajador de la nómina, y se aplica a partir de los salarios devengados en el mes de enero de 2021 con las características y límites impuestos por la resolución del Ministerio de Trabajo.
No se ha extendido la posibilidad de diferir el pago de las contribuciones al SIPA.
Ahora, todos los empleadores quedaron con posibilidad de acceder, hasta el mes de diciembre estaban aquellos empleadores de actividades no críticas con interanualidad negativa y a partir de enero, ingresan todos los demás dado la sustitución del programa ATP por este.
El nuevo programa establece criterios de “preselección” y “selección”.
En lo que hace al criterio de preselección lo importante es que la actividad principal del sujeto empleador debe estar incluida en la nómina de actividades críticas y no críticas, o pertenecer al sector Salud, de acuerdo a las condiciones y exigencias para cada uno de estos grupos previstas por el programa ATP.
Se establece nuevas facultades para el Comité de Evaluación, entre otras la de definir parámetros específicos para las actividades críticas y no críticas y además para el sector Salud y también recomendar la incorporación pertenecientes a actividades no incluidas en la nómina de sectores críticos y no críticos que se encuentren en situación de crisis.
Ahora, adquiere mayor importancia la selección en base a una evaluación de tipo objetiva-subjetiva que se hará de cada empleador que solicite el programa.
Ingreso al programa
En principio, los empleadores/empleadoras interesados deben ingresar la documentación en el sitio web de la AFIP que será la autoridad de aplicación y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social les comunicara si han sido incorporados o no al programa a través de una ventanilla electrónica del sitio web de la AFIP.
Ahora falta que los organismos pertinentes emitan las reglamentaciones que correspondan.
Las sociedades de garantía recíproca y los beneficios que otorgan a las pymes
Las sociedades de garantía recíproca son entidades financieras cuyo objetivo social es el de facilitar el acceso al crédito a las pequeñas y medianas empresas (PyMES), otorgando avales que mejoren sus condiciones de financiamiento a través de operaciones con bancos, acceso al mercado de capitales o a sus proveedores.
Si bien se las considera como entidades financieras su principal función no es el prestar dinero, sino más bien otorgar garantías a acreedores de las pymes y facilitar a estas entidades para que obtengan mejores condiciones en su operatoria respecto a los plazos de pago, tasa de interés y demás requisitos en sus créditos, lo que solo se otorga a las que cuenten con un aval o garantía de otra sociedad.
La entidad dadora del crédito se ve beneficiada con la pyme que tiene un aval, ya que en este caso ha de operar con un deudor sin riesgo y si este no puede cancelar su compromiso, la Sociedad de Garantía Recíproca responderá por esa obligación.
Las SGR están integradas por socios protectores, que son aquellos inversores que aportan capital al fondo de garantía que es el que en definitiva responde por las operaciones avaladas, y además por socios partícipes que son las pymes que se ven beneficiadas al poder acceder a mejores condiciones crediticias.
Descripción de su operatoria
La Pyme presenta la documentación a la SGR y recibe su aval, lo que le permite acceder al crédito con mejores tasas y plazos y firman una contragarantía. Con ese aval el Banco otorga el préstamo y también liquidez por el descuento de cheques de pago diferido.
Los socios protectores aportan el dinero al Fondo de Garantía que constituyen el capital social de la SGR.
De esta forma la SGR respalda a las PyMes al otorgar su aval y a su vez administra el Fondo de Garantía que garantiza el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las PyMes.
Todo este proceso se convierte en un circulo virtuoso que a su vez se retroalimenta con las nuevas operaciones avaladas, alimentando de esta forma un flujo de capitales creciente que permite disponer de nuevos capitales a tasas mas convenientes.