17-03-2021

Novedades de interés

Novedades de interés al 17/03/2021


Se publicó la ley para inversiones en construcción y blanqueo de fondos

Fija fechas de adhesión y plazos para depositar los fondos y pago del impuesto especial.

La ley 27 613 para Inversiones en Construcción y Blanqueo fue publicada en el B.O : 12/3/2021, y estableció el plazo para adherir al blanqueo y para depositar los fondos blanqueados en una cuenta bancaria especial, así como las alícuotas para pagar el impuesto especial en función de la fecha de los depósitos.

Como ya anticipáramos está dirigida a promover el desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios realizados en el territorio de la República Argentina y entre otros aspectos establece lo siguiente:

  1. Beneficios para inversiones: se exime en el impuesto sobre los bienes personales el valor de las inversiones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022, y además el 1% del valor de las inversiones realizadas podrá computarse como pago a cuenta del citado impuesto. También se establece el diferimiento del impuesto a la transferencia de inmuebles o el impuesto a las ganancias cuando se trate de inmuebles afectados al presente régimen.
  2. Blanqueo de moneda en el país o en el exterior: se prevé la exteriorización voluntaria de tenencia de moneda extranjera o nacional en el país y en el exterior, para ser afectada al desarrollo o la inversión de proyectos inmobiliarios en la República Argentina.

Ahora la ley estableció que el plazo para exteriorizar la moneda es hasta el día 12/7/2021.

El valor de las tenencias que se declare estará sujeto a la aplicación de un impuesto especial, cuya alícuota varía conforme a la fecha en la que se depositen los fondos blanqueados en una cuenta especial:

  • Si el deposito se efectúa hasta el día 10/5/2021, se aplica una alícuota del 5%,
  • Para depósitos realizados entre el 11/5/2021 y el 9/6/2021 , se aplica una alícuota del 10%,
  • Si el deposito se efectúa desde el 10/6/2021 hasta el día 12/7/2021, se aplica una alícuota del 20%.

El mundo PyMEs y el plan de cooperación productiva exportador con china

El ministro de Desarrollo Productivo encabezo el lanzamiento del Plan de Cooperación Productivo con China, se trata de un acuerdo integral de cooperación bilateral que tiene por objetivo duplicar las exportaciones de las PyMEs argentinas a China, a través de medidas de capacitación , asistencia técnica para diseñar planes de exportación, aportes de líneas crediticias en pesos y dólares con tasas subsidiadas por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), exclusivas para exportaciones hacia ese mercado, así como el desarrollo de acciones de promoción y posicionamiento a partir de rondas de negocios con sectores productivos estratégicos.

Las acciones incluidas en este plan incluyen la realización de un seminario virtual, del que participaran instituciones públicas y privadas para que más de 1000 pequeñas y medianas empresas se capaciten para desarrollar sus planes de exportación.

Además, hasta el 30 de junio, estará en vigencia una línea de créditos con el Banco ICBC para pre-financiar capital de trabajo destinado a exportaciones a China, ya sea en pesos o en dólares. La línea Adelanto en Pesos Argentinos cuenta con un monto total de $ 500 millones y otorga créditos de hasta $ 16.000.000 para primeros exportadores y exportadores no frecuentes, con una tasa subsidiada del 27% y garantías del FOGAR en un 75 %, y créditos de hasta $ 24 .000.000 para exportadores frecuentes, con una tasa subsidiada del 30%.

La línea para prefinanciación de exportaciones en dólares, tiene un cupo total de U$S 10 millones para créditos de hasta U$S 200.000, con una tasa subsidiada del FONDEP del 4% y garantía del FOGAR del 75% para primeros exportadores y exportadores no frecuentes; y créditos de hasta U$S 300.000 para exportadores frecuentes con una tasa subsidiada por el FONDEP del 4,5%.

Por otra parte, las PyMEs, también podrán acceder a asistencia técnica para el diagnóstico y diseño de la estrategia exportadora, así como a Aportes No Reembolsables por hasta $ 1.500.000 por proyecto, para incorporar mejoras productivas que les permita exportar a China.

Contribuyentes afectados por incendios en el sur del país

Prorrogas de obligaciones impositivas y de la seguridad social.

La AFIP estableció mediante RG(AFIP) 4947 una prórroga para los sujetos afectados por los incendios forestales producidos en el sur del país, para el vencimiento y pago de las declaraciones juradas y anticipos de los impuestos a las ganancias , bienes personales, al valor agregado, del fondo para la educación y promoción cooperativa, monotributo y las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social y al régimen previsional para trabajadores autónomos.

No se encuentran beneficiadas por la medida las cuotas correspondientes a las cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes , ni a las retenciones y percepciones impositivas y de los Recursos de la Seguridad Social.

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