28-05-2021

Importantes créditos no reembolsables para MiPyMEs

La economía del conocimiento y el programa FORTALECER


La Secretaria de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa dio a conocer la resolución 232/201 la que fue publicada en el boletín oficial y crea el programa “Fortalecer” para brindar asistencia financiera a empresas encuadradas en el ámbito de la economía del conocimiento y con el objetivo de mejorar las posibilidades de acceso al régimen de promoción creado por esa ley.

La nueva ley de la economía del conocimiento es la que reemplazo de la ley del software que venció en Diciembre de 2019, ahora la nueva normativa concede beneficios fiscales de largo plazo para empresas alcanzadas por el nuevo régimen.

La economía del conocimiento está conformada por actividades que se caracterizan por la innovación y el uso intensivo de tecnologías, cuyo factor central de producción es el conocimiento y las ideas de las personas.

El régimen anterior era exclusivo para empresas informáticas de la industria del software, ahora es un régimen más amplio y alcanza a empresas de todo tipo siempre que se vincule con las actividades incluidas en la nueva ley.

Entre las actividades y rubros comprendidos por el régimen de promoción están comprendidas: software y servicios informáticos y digitales, producción y postproducción audiovisual, biotecnología, bioeconomia,biología,bioquímica, microbiología,bioinformática, biología molecular, robótica, neurotecnologia e ingeniería, servicios profesionales de exportación, etc.

Es importante para industrias del tipo 4.0 vinculadas a la automatización o robotización para que estas puedan presentar proyectos con procesos intermedios de esa naturaleza, dentro de la actividad general de las empresas.

En definitiva, con la nueva ley de economía del conocimiento hay un cambio de paradigma, antes los beneficios de la normativa eran exclusivos para la industria del software, ahora se permite incluir un mayor número de industrias.

Entre los beneficios fiscales las empresas que se inscriban en el régimen obtienen diversos beneficios fiscales como rebajas en el Impuesto a las Ganancias, la emisión de un bono de crédito fiscal intransferible por un monto equivalente de hasta 70% o el 80% -según el caso-de las contribuciones patronales pagadas que se podrá utilizar para pagar el IVA y otros impuestos nacionales.

Programa FORTALECER

En ese orden y con el objeto de facilitar la aplicación de la ley comentada, el Ministerio de Desarrollo Productivo otorgara Aportes No Reembolsables (ANR) por un total de $ 120 millones para financiar proyectos de micro, pequeñas y medianas empresas de todo el país que desarrollan actividades enmarcadas en el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento y que requieran apoyo y asistencia financiera para poder ingresar en el Registro que estableció la ley de origen.

El nuevo programa es importante para industrias del tipo 4.0 vinculadas a la automatización o robotización para que estas puedan presentar proyectos con procesos intermedios de esa naturaleza dentro de la actividad específica de la empresa.

A continuación una síntesis de los requisitos para obtener los aportes no reembolsables para financiar proyectos los proyectos de desarrollo empresarial y agregar valor a la cadena productiva.

Orientación: Deben están orientados a empresas que desarrollan las siguientes actividades:

  • Investigación y Desarrollo,
  • Internacionalización de las actividades, es decir promover exportaciones,
  • Desarrollo de Capacitación,
  • Gestión de calidad

Montos a otorgar:

  • Las empresas tienen dos meses para presentar los proyectos que van desde $ 400.000 hasta $ 1.200.000, por el 70% de la inversión que contemple el proyecto a desarrollar.

Objetivo:

  • Otorgar subsidios a empresas que quieran ingresar al régimen de la economía del conocimiento. En este orden la norma permite otorgar subsidios para gestión de calidad que es uno de los requisitos de acceso al régimen de la Economía del Conocimiento.

Beneficios para Microempresas:

  • Las microempresas pueden ingresar en el régimen sin requisitos por el término de 4 años o hasta que una subsidiaria creada al efecto cumpla los requisitos.

Presentación de Proyectos:

  • Los proyectos deben presentarse por medio del sistema de Trámites a Distancia (TAD) y se calificarán teniendo en cuenta su impacto en las economías regionales, inclusión laboral de mujeres y otros colectivos, y la contribución para el acceso al Régimen de Promoción de la ley 27.506.

De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos. 

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