03-04-2020

Ampliación del listado de actividades esenciales

Decisión Administrativa 450/2020


A través de la Decisión Administrativa 450/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, publicada en el Boletín Oficial del día 3 del corriente, se dispuso ampliar la nómina de las denominadas "actividades esenciales" consignada en el Decreto 297/2020 (ya ampliada con anterioridad mediante la decisión Administrativa 429/2020). 

El nuevo listado de actividades comprende:
  • La venta de insumos y materiales de construcción provistos por corralones;
  • Las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera;
  • Las curtiembres, aserraderos y fábricas de producción de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola;
  • Las actividades vinculadas con el comercio exterior;
  • La exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear;
  • Los servicios esenciales de mantenimiento y fumigación;
  • Las mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mininas de atención; y
  • La inscripción, identificación y documentación de personas. 
Las personas alcanzadas deben tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación COVID —19 (CUHC). 
 
La nueva Disposición entre en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
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