El objetivo es evitar que se pague menos impuesto en Argentina fijando precios o condiciones distintas a las de mercado (por ejemplo, sub facturando exportaciones).
A partir del 1° de Julio la AFIP podrá aplicar un control similar a operaciones llevadas a cabo en Argentina entre empresas, sociedades o personas físicas vinculadas.
Según estableció la AFIP, esta vinculación puede ser societaria, comercial o económica financiera. Ser accionista mayoritario de una sociedad, tener exclusividad para comercializar un producto o financiar operaciones de un cliente o proveedor mediante préstamos, serían casos de vinculación.
Para cumplir con esta obligación, las sociedades, fideicomisos o empresas unipersonales deberán inscribirse en un registro e informar con quiénes están vinculados. Luego deberán informar las operaciones locales realizadas con sus vinculadas detallando: tipo de operación; precio total y precio neto; alícuota de IVA; IVA facturado; tipo y número de comprobante; CUIT de la empresa o persona física vinculada, entre otros aspectos.
Los contribuyentes enviarán esta información a la AFIP en forma mensual vía web.
Reconocer cuándo hay vinculación o relación entre los contribuyentes será relevante porque sólo en estos casos deberá inscribirse en el registro e informar las operaciones entre ellos. En caso de incumplimiento, la norma prevé gravosas sanciones pecunarias.
La complejidad del tema podría requerir de un análisis específico y particular. Ante cualquier duda o inquietud, estamos a su disposición para ayudarlo.