23-08-2022

Prorrogan el régimen de incentivo a la construcción por 360 días

La norma contiene un blanqueo de fondos y un puente al empleo


En el día de la fecha 22/08/2022 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.613 y en consecuencia se prorroga el régimen de incentivo para la industria de la construcción por (360) días corridos desde esa fecha.

En consecuencia, la exteriorización voluntaria de tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior se podrá realizar hasta el día 17 de agosto de 2023.

El valor de la tenencia que se declare estará sujeto a la aplicación de un impuesto especial, cuya alícuota varía conforme a la fecha en la que se depositen los fondos en una cuenta especial:

  • Si el deposito se realiza hasta el día 20/11/2022 , se aplica una alícuota del 5%,
  • Si el depósito se realiza entre el 21/11/2022 y el 18/02/2023, se aplica una alícuota del 10%,
  • Si el depósito se realiza entre el 19/02/2023 y el 17/08/2023, se aplica una alícuota del 20%.

La norma contempla un puente al empleo por el cual las y los titulares de programas sociales nacionales vigentes o que se instituyan en el futuro que sean contratados en el marco de esta ley, y siempre que se cumplan con la capacitación y los cursos de formación que se establezcan, podrán seguir percibiendo los beneficios y prestaciones que otorgan esos programas.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Desarrollo Social establecerán las pautas para determinar la procedencia y el alcance de la compatibilidad del trabajo registrado con los programas sociales y de empleo nacionales que otorguen prestaciones dinerarias destinadas a las personas y grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, incluyendo los trabajadores y trabajadoras de las cooperativas municipales y de organizaciones sociales.

La norma tiene vigencia a partir del 22 de agosto de 2022.

La AFIP y el Banco Central de la República Argentina reglamentarán la presente ley dentro de los quince (15) días corridos y dictarán la normativa complementaria e interpretativa necesaria para implementar las condiciones previstas en la misma.

De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos. 

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