10-07-2014

Incentivos para empleadores (Ley N° 26940)

El Congreso Nacional aprobó una ley para reducir las contribuciones patronales que pagan las microempresas y empresas que emplean hasta 80 trabajadores.

En el caso de las microempresas, se reducen en un 50% las contribuciones patronales al régimen de seguridad social. Si el empleado trabaja a tiempo parcial, la reducción es sólo del 25%.

El beneficio se otorga en forma permanente para empresas unipersonales, sociedad de hecho o SRL que posean hasta 5 empleados y no superen el tope de facturación que establezca el Poder Ejecutivo. Al día de la fecha este tope no fue fijado. Lo novedoso es que no es necesario incrementar la nómina para acceder al beneficio.

En el caso de empresas que emplean hasta 80 trabajadores, la reducción de las contribuciones por seguridad social aplica para las nuevas contrataciones laborales que generen un incremento genuino de la nómina.

El beneficio se otorga por 2 años y según la cantidad de empleados, las contribuciones se reducen al 100% para el primer año y al 75% para el segundo.

Para acceder a estos beneficios los empleadores deben:
1. mantener inalterable la nómina de empleados,
2. no haber recibido sanciones firmes vinculadas con el régimen de empleo (por ejemplo, no llevar libros laborales, etc.) y
3. no registrar alta siniestralidad en los lugares de trabajo según los parámetros que establecerá la reglamentación.

Es importante destacar que las contribuciones patronales correspondientes a obras sociales, sindicales y cuotas destinadas a las ART no se reducen.

La ley tendrá vigencia a partir del 1 de Agosto de 2014. La complejidad de estas modificaciones y la diversidad de casos que se presentan en la práctica podrían requerir de un análisis específico y particular. Ante cualquier duda o inquietud, estamos a su disposición para ayudarlo.

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