20-09-2013

Cambios en el Monotributo

Incrementos en los topes y escalas, que benefician a los contribuyentes.

 

La AFIP aumentó los parámetros de ingresos por facturación anual y de gastos por alquileres previstos para las 11 categorías del monotributo.Asimismo, mantuvo fijo el valor de las cuotas mensuales de cada categoría que se había establecido en julio y aumentó los importes máximos de facturación anual, permitiendo por un breve lapso de tiempo reinclusión de algunos contribuyentes.

Los cambios tienen efecto a partir del 1º de septiembre y producirán distintos beneficios. Por un lado, los monotributistas podrán “bajar de categoría” y pagar una cuota menor (en algunos casos el ahorro podría ascender hasta $ 12.000 anuales aproximadamente).  Por otro lado, ciertos contribuyentes que habían sido excluidos del monotributo por exceder alguno de los parámetros, podrán reingresar e inscribirse en la categoría correspondiente.

Según las nuevas disposiciones, el importe máximo de facturación se duplicó para todas las categorías; fijándose un techo de $ 400.000 por prestación de servicios y de $ 600.000 por venta de bienes, lo que permitirá a mayor cantidad de contribuyentes seguir en este régimen simplificado.

Con relación al gasto anual por alquiler, los montos se duplicaron para las primeras cuatro categorías (en las categorías B y C el gasto se elevó de $ 9.000 a $ 18.000 y en las categorías D y E, se elevó de $ 18.000 a $ 36.000). En las restantes categorías también hubo aumentos pero no llegaron a duplicarse (el gasto máximo de alquiler para la categoría I se elevó a $ 72.000 anuales).

Recordemos que el propósito del monotributo era simplificar los trámites impositivos de pequeños y medianos contribuyentes mediante el pago de una cuota fija mensual en reemplazo del pago de IVA, Ganancias y Seguridad Social. Pero como los parámetros que categorizan a los monotributistas no se actualizaban desde diciembre de 2009, muchos contribuyentes perdían la posibilidad de adherirse al régimen.
Por lo novedoso del cambio y las cuestiones operativas relacionadas con la recategorización de los contribuyentes, es probable que la AFIP publique alguna disposición adicional.

En virtud de la importancia de los cambios y las oportunidades de planificación fiscal que se presentan, es de suma importancia contar con buen asesoramiento profesional. Ante cualquier duda o consulta sobre este tema, estamos a su disposición para atenderlo a la brevedad.

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