La AFIP dispone con aplicación a partir del 13/08/2024, que a los efectos de usufructuar los incentivos fiscales en el Monotributo y en los impuestos sobre los bienes personales, sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y a las ganancias, dispuesto en la ley 27737, los sujetos interesados deberán previamente tener declarados los contratos de locación sobre bienes inmuebles en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI”.
Esta disposición está vinculada a los beneficios que se conceden en el Monotributo y en el Impuesto sobre los Bienes Personales, para aquellos contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos:
Beneficios Ley Monotributo
Beneficios Ley Bienes Personales
La Ley Bienes Personales dice que los inmuebles destinados a casa habitación, con contratos debidamente registrados, cuando el valor de cada uno de ellos sea igual o inferior al monto establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de dicha ley.
Ambos beneficios se aplican a partir del periodo fiscal 2023 inclusive.
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