03-04-2020

Programa de asistencia de emergencia al trabajo y la producción

Decreto 332/2020

Por medio del decreto 332/2020 se ha establecido el programa de asistencia de emergencia al trabajo y la producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria. 
Entre los beneficios incluidos en el decreto, podemos destacar: 
  • Postergación o reducción de hasta 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA.
  • Asignación compensatoria al salario, cubierta por el Estado Nacional.
  • REPRO, asistencia por la emergencia sanitaria. Suma no contributiva respecto al SIPA abonada per el Estado Nacional.
  • Sistema integral de prestaciones por desempleo. 
A efectos de poder acceder a los mencionados beneficios, el artículo 3 establece que se deberán cumplir una o varias de las siguientes condiciones: 
  • Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.
  • Cantidad relevante de trabajadores contagiados per el COVID-19 o en aislamiento obligatorio.
  • Sustancial reducción de sus ventas con posterioridad al 20/03/2020. 
Es importante destacar que se encuentran excluidos de los beneficios los sujetos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria y cuyo personal fue exceptuado del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio". 
 
La nueva Disposición entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
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