08-11-2022

La AFIP activa sus controles sobre los contribuyentes

La AFIP activa sus controles sobre los contribuyentes


La AFIP controla a los contribuyentes por medio del “Sistema de Capacidad Económica Financiera" (Sistema CEF), que es un instrumento para la gestión de riesgos sobre la administración tributaria, impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

El sistema mencionado se nutre de los datos que provee el mismo contribuyente o un tercero respecto a su actividad económica y financiera y determina una fórmula que calcula una valoración de la capacidad económica financiera de cada contribuyente y establece la capacidad de cada persona humana o jurídica para desarrollar su actividad económica.

Los indicadores que contemplan son los siguientes:

  • DDJJ de los impuestos a las ganancias, al valor agregado y sobre los bienes personales
  • Hipotecas
  • Compras o ventas de inmuebles
  • Compras o ventas de rodados
  • Compra de bienes de uso para sus respectivas explotaciones o desarrollo de actividades
  • Remuneraciones abonadas al personal en relación de dependencia
  • Consumos con tarjetas de crédito o débito
  • Pago de expensas
  • Deudas bancarias o financieras

Los contribuyentes pueden conocer la valoración de su capacidad económica y financiera que les ha sido asignada en este sistema a través de la página web de la AFIP en el Sistema CEF, ingresando a la página web del organismo fiscal del servicio “Sistema Registral” con clave fiscal de seguridad 3 o superior.

Además, el organismo fiscal utiliza el “Sistema de Perfil de Riesgo” (SIPER) que es un sistema informático de calificación y mediante el cual realiza procesos de evaluación mensuales sobre el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los contribuyentes.

Estas evaluaciones las realiza considerando diversa información que posee de los contribuyentes, por ejemplo mediante la comparación de la facturación con el personal declarado; o con sus actividades declaradas; acreditaciones bancarías; bienes registrables; pagos de impuestos; además de su calificación en el SIPER, información de terceros o el incumplimiento en sus presentaciones de declaraciones juradas determinativas o en regímenes de recaudación, o de las inconsistencias que podrían surgir de sus compras y ventas en sus declaraciones juradas presentadas en el IVA, entre otros factores a examinar.

También la AFIP realiza una evaluación del comportamiento fiscal de los contribuyentes para asignarles una categoría de riesgo fiscal que según sea ese riesgo otorga o limita sus beneficios vinculados a la recaudación, devolución o transferencia de impuestos y recursos de la seguridad social.

Para establecer esa categoría y entre otros ítems se contemplan incumplimientos de pagos, pagos de planes de facilidades, incumplimientos en la presentación de DDJJ, reiterados cambios de domicilios o no adhesión al domicilio fiscal electrónico s, facturas apócrifas detectada, quiebra declarada, presentación en concurso preventivo, procesos judiciales en trámite o con resolución firme, fiscalizaciones con ajustes importantes o su inclusión en la central de deudores del Banco Central.

Según sea el resultado de las evaluaciones mensuales y teniendo en cuenta el riesgo fiscal que represente el contribuyente, se le asignara una de estas categorías:

  • Categoría A: Muy Bajo
  • Categoría B: Bajo
  • Categoría C: Medio y Nuevas Altas
  • Categoría D: Alto
  • Categoría E: Muy Alto

Lo que importa es que a través de estos procesos y su cumplimiento o incumplimiento la AFIP puede determinar el descenso de la categoría del contribuyente y originar la imposibilidad de emitir facturas, o que estas respondan a ciertos condicionamientos o limitaciones u obtener planes de facilidades de pago u otros beneficios fiscales.

De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos.

Copyright 2024 Estudio Giagante
Inicio | Intranet | Contacto       InGraphica.com - Web Design