14-04-2021

Retorno a la actividad laboral presencial de trabajadores con dispensas por COVID 19

Por Resolución Conjunta 4/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social


Los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores, que se encontraban dispensados de prestar servicios por la pandemia de COVID 19, en las siguientes condiciones:

  1. Trabajadores mayores de 60 años de edad: podrán ser convocados a prestar servicios cuando hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19, transcurridos 14 días de la inoculación.
  2. Trabajadoras embarazadas: podrán ser convocados a prestar servicios una vez transcurridos 14 días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad.
  3. Grupos de riesgo: podrán ser convocados a prestar servicios una vez transcurridos 14 días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad.

Los trabajadores de la salud con alto riesgo de exposición, dispensados del deber de asistencia al trabajo, podrán ser convocados una vez transcurridos 14 días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad, independientemente de la edad y la condición de riesgo.

Por su parte, los trabajadores convocados deberán presentar constancia fehaciente de vacunación que corresponda o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación.

Además, los trabajadores que tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudiere originar a los empleadores.

Excepciones: Quedan liberados de concurrir al trabajo los trabajadores que presenten las siguientes inmunodeficiencias congénitas o adquiridas:

Personas con Inmunodeficiencias:

  • Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave,
  • VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable),
  • Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).


Pacientes oncológicos y trasplantados:

  • Con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa,
  • Con tumor de órgano sólido en tratamiento,
  • Trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos. 

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