El gobierno extendió hasta el 30 de Junio el plazo para adherirse a la moratoria dispuesta por Ley 27.541, la medida fue publicada en el Boletín Oficial el sábado 28 de marzo 2020.
La prórroga había sido solicitada por las Pymes y entidades profesionales de contadores, quienes también reclamaron por créditos blandos para las empresas para permitir la financiación de estos entes.
El gobierno solo avanzo en la extensión de los plazos para adherirse a la moratoria, sin embargo mantuvo la fecha original de las deudas comprendidas.
Se recuerda que la moratoria estaba destinada exclusivamente para Pymes y entidades civiles sin fines de lucro e incluye deudas Impositivas, Aduaneras y de la Seguridad Social, en cualquier instancia de discusión (AFIP, TFN, Justicia), por obligaciones vencidas o infracciones cometidas al 30/11/2019, además de los planes pagos caducos y vencidos al 23 de diciembre de 2020.
La moratoria contempla varios beneficios tales como la posibilidad de cancelar mediante compensación o pago en cuotas, condonación de sanciones no firmes y parciales de intereses, y también permitía reducir la deuda en un 15% pagando al contado.
Ahora es necesario que la AFIP dicte una nueva Resolución General para reformular los planes, dada la prorroga mencionada.