08-06-2021

Diferencias a saldar por los monotributistas

Se permite su cancelación por un plan de pagos especial


Como consecuencia de la actualización de las categorías de los Monotributistas que realizo la AFIP originada por las nuevas tablas publicadas y que tienen efecto a partir del mes de enero de 2021, el Organismo Fiscal informo mediante gacetilla de prensa que las diferencias originadas en dicha actualización podrán financiarse en hasta 20 cuotas a partir del 1/7/2021.

Las cuotas no podrán ser inferiores a $ 500 y serán iguales, mensuales y consecutivas, a esos fines la RG (AFIP) 5003 dispuso que los Monotributistas podrán cancelar las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social y para poder ingresar a la financiación deberán tener el Domicilio Fiscal Electrónico constituido y contar con CBU declarada ante la AFIP.

La AFIP dio a conocer mediante gacetilla, porque existe una diferencia que deben saldar los monotributistas legislación contempla que las escalas y los tres componentes del monotributo (impositivo, seguridad social y obra social) se actualizan dos veces al año, en enero y julio.

La actualización garantiza el financiamiento a la seguridad social y el sistema de salud, al tiempo que incrementa los montos que pueden facturarse anualmente en cada escala. En cada oportunidad los monotributistas deben recategorizarse en forma obligatoria.

La normativa vigente establece que la actualización es equivalente a la variación del haber jubilatorio mínimo garantizado. Sin embargo, la movilidad jubilatoria estuvo suspendida durante la segunda parte de 2020. Por eso, en enero de 2021 no fue posible adecuar los valores y escalas del monotributo. De esta forma, los pequeños contribuyentes debieron recategorizarse en enero con valores y escalas que no habían sido actualizadas.

La ley que creó el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes sancionada en abril de 2021 subsanó esos problemas al instrumentar nuevamente la movilidad y contemplar, por única vez, una categorización que se realizó a partir de la información disponible en la AFIP sobre la facturación de cada contribuyente.

Esa medida permite facturar más y al mismo tiempo actualiza los montos de las obligaciones que fundamentalmente financian la seguridad social y el sistema de salud.

De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos.

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