22-04-2020

Monotributistas, requisitos a cumplir para recibir créditos a tasa cero

Dec. JGM 591/2020.


La Jefatura de Gabinete estableció los requisitos que los monotributistas deberán cumplir para recibir los créditos a tasa cero, de hasta $ 150.000, cuyo desembolso deberá realizarse en tres cuotas consecutivas e iguales que se acreditaran en la tarjeta de crédito del beneficiario.

Estos requisitos son varios y según el siguiente detalle:

  • Estar inscriptos en cualquier categoría del régimen simplificado y no recibir el beneficio del ingreso familiar de emergencia.
  • No prestar servicios al sector público en cualquier nivel nacional, provincial y municipal. Y ello se configura cuando la facturación entre el 12 de marzo de 2020 y el 12 de abril de 2020 fue emitida a esas jurisdicciones o entidades públicas.
  • No recibir trabajos por un trabajo en relación de dependencia.
  • No percibir una jubilación, aunque sea la mínima de $ 15.892.
  • Que la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que está registrado, según el siguiente detalle:

CATEGORIA

FACTURACION MÍNIMA

A

$ 0,01

B

$ 17.394,09

C

$ 26.092,41

D

$ 34.789,88

E

$ 52.184,82

F

$ 69.579,76

G

$ 86.974,60

H

$ 104.369,63

I

$ 144.957,82

J

$ 170.325,44

K

$ 195.693,06

 
  • Los beneficiarios no pueden acceder al mercado único y libre de cambios para compras de moneda extranjera, ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en dólares y transferencia al exterior u operaciones denominadas contadas con liquidación que es la operación inversa. La medida es para cualquier tipo de moneda.
  • En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible las compras no debieran ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.
  • Si el monotributista incumple con alguna de estas medidas luego de obtener el crédito a tasa cero el beneficio caduca y se deben restituir los fondos al Estado Nacional.

Si bien la medida comprende a los autónomos aún no se han fijado requisitos para ellos a efectos de la obtención del crédito.

Las medidas fueron tomadas en base a las recomendaciones efectuadas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y Producción (ATP).

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