13-07-2022

Ley de alivio fiscal para monotributistas

Verificación de exenciones


La ley de alivio fiscal 2022 estableció la eximición de abonar el impuesto integrado para las categorías A o B del monotributo salvo que tengan ingresos provenientes de las siguientes actividades:

  • Cargos públicos.
  • Trabajos en relación de dependencia.
  • Jubilaciones, pensiones, retiros correspondientes a regímenes nacionales o provinciales.
  • Ejercicio de dirección, administración y/o conducción de sociedades.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.
  • Renta financiera, siempre que tales ingresos correspondientes a los 12 meses anteriores, superen el monto máximo de ingresos brutos previstos para la categoría A, vigente al momento de adhesión o al momento de cada recategorización.

En este contexto, la reglamentación RG (AFIP) 5226, entre otras cuestione, estableció lo siguiente:

La AFIP verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos para la procedencia de la exención de acuerdo a los datos obrantes en sus bases al 30 de junio de 2022.

En el caso de que sea procedente la exención, el organismo fiscal encuadrará a los beneficiarios conforme se indica a continuación:

  • Categoría “A con exención - Venta de cosas muebles”
  • Categoría “A con exención - Locación y/o prestación de servicios”
  • Categoría “B con exención - Venta de cosas muebles”
  • Categoría “B con exención - Locación y/o prestación de servicios”

Las disposiciones precedentes podrán constatarse a partir del 11 de julio de 2022.

En las credenciales de pago ya consta la exención del componente impositivo para los contribuyentes que cumplen los requisitos para gozar del beneficio establecido por la ley de alivio fiscal.

De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos.  

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