La ley de alivio fiscal 2022 estableció la eximición de abonar el impuesto integrado para las categorías A o B del monotributo salvo que tengan ingresos provenientes de las siguientes actividades:
En este contexto, la reglamentación RG (AFIP) 5226, entre otras cuestione, estableció lo siguiente:
La AFIP verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos para la procedencia de la exención de acuerdo a los datos obrantes en sus bases al 30 de junio de 2022.
En el caso de que sea procedente la exención, el organismo fiscal encuadrará a los beneficiarios conforme se indica a continuación:
Las disposiciones precedentes podrán constatarse a partir del 11 de julio de 2022.
En las credenciales de pago ya consta la exención del componente impositivo para los contribuyentes que cumplen los requisitos para gozar del beneficio establecido por la ley de alivio fiscal.
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