Se trata de dos decretos de necesidad y urgencia: DNU 319/2020 y 320/2020.
Puntos destacados de la nueva normativa.
Por el primero de los decretos se suspenden los desalojos por falta de pago y se congelan los precios de los alquileres hasta el 30 de septiembre de 2020.
Los alquileres se congelan al valor del mes de marzo de 2020.
La diferencia entre lo que establece el contrato y lo que se pague por el congelamiento se abonará a partir del mes de octubre en tres cuotas mensuales sin interés.
También se prorrogará la vigencia de los contratos en la medida que se cuente con la conformidad de los locatarios.
Las medidas implementadas estarán vigentes hasta el 30 de setiembre 2020.
Las deudas que se generen durante los meses corrientes a partir de la vigencia de esta medida se pagarán a partir de octubre en tres cuotas, no obstante en este caso se aplicarán intereses pero no se aplicarán penalidades.
Este último caso tendrá una excepción para aquellos locadores que acrediten que dependen del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia.
Los alquileres alcanzados por la norma serían los siguientes:
El otro decreto congela las cuotas de los créditos hipotecarios y suspende ejecuciones hasta el 30 de septiembre de 2020 :