15-09-2022

AFIP actualiza montos sobre deducciones y regímenes de información

AFIP actualiza montos sobre deducciones y regímenes de información


Mediante Resolución General (AFIP) 5220/2022, el organismo fiscal actualizo los valores de distintos regímenes de información, retención y percepción, así como también sobre deducciones a computar en el Impuesto a las Ganancias; a continuación una síntesis de las medidas adoptadas:

  • Régimen de retención. Sistemas de tarjetas de crédito y tarjetas de compra: No deberá ser aplicado cuando el importe a retener sea igual o inferior a $ 900 novecientos, el importe anterior que regía desde 2017, era de $ 90 pesos.
     
  • Régimen de percepción. Operaciones que se cancelen mediante la entrega de granos no destinados a la siembre y legumbres secas: Se aplica cuando el pago de las operaciones alcanzadas se realice mediante la entrega de granos y semillas en proceso de certificación- cereales y oleaginosas – excepto arroz, y legumbres secas y el importe sea superior a $ 2000 pesos . El importe anterior era de $ 150 pesos desde julio 2016 en $ 150 pesos.
     
  • Régimen de pago a cuenta. Usuarios del servicio de molienda de trigo: El pago a cuenta en IVA, se determinará se determinará multiplicando el 60% de los kilogramos de trigo que ingresan a la planta en cada operación de molienda por el importe de $1 por kg de harina. El monto para realizar este cálculo, no se actualizaba desde 2010, cuando se estableció el valor de 0,2 centavos de pesos x kg de harina.
     
  • Créditos incobrables de escasa significación: La deducción especial de la tercera categoría sobre los créditos morosos de escasa significación originados en operaciones comerciales no podrá superar la suma de $ 140.000 pesos, cualquiera sea la actividad desarrollada. El monto anterior, establecía como tope de la deducción la suma de $45.000 pesos. Este valor se encontraba vigente desde 2018.
     
  • COTI: Se deberá solicitar el "Certificado de Oferta de Transferencia de Inmuebles" cuando el valor del inmueble resulte igual o superior a $ 5.000.000 pesos. La actualización del importe, establecida por la normativa, modifica la suma luego de 6 años, cuando se estableció el monto de $ 1.500.000 pesos.
     
  • Servicios públicos. Consumos relevantes: Las empresas que presten el servicio de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, de gas, de telefonía fija y de telefonía móvil deberán presentar el régimen de información solamente por las operaciones que, en cada mes calendario, sean iguales o superiores a la suma de $ 16.000 pesos solamente por las operaciones que, en cada mes calendario o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual. Esta modificación, cuadriplica el valor de $ 4.000 pesos, establecido en 2017.
     
  • Countries, clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, edificios de propiedad horizontal y otros Importes en concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos: El deber de presentar el régimen de información se originará cuando el importe de las expensas o, en su caso, gastos determinados por todo concepto resulte mayor o igual a $ 32.000 pesos en el mes calendario informado. Este valor había sido definido en $ 8.000 pesos desde 2017.

De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos.  

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