23-10-2020

Novedades de interés

Novedades de interés al 23/10/2020


AFIP. Prorrogas de información de participaciones societarias, fideicomisos financieros y no financieros constituidos en el país y en el exterior

La AFIP informo que prorrogará al mes de diciembre el plazo para cumplir con el régimen de información de participaciones societarias - RG(AFIP) 4697- y el régimen de información anual 2019 de fideicomisos constituidos en el país y en el exterior - RG (AFIP) 3312-.

Programa ATP. El gabinete económico aprueba una nueva etapa para el mes de octubre

El Gabinete Económico reunido en el Ministerio de Hacienda, definió la continuidad de una nueva ronda del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) según lo previsto en el Decreto 332/2020, para los sectores críticos y de sus beneficios para el salario complementario, la eximición y postergación de contribuciones patronales y los créditos otorgados a tasas subsidiadas

Buenos Aires. Aplicación del adicional del impuesto a los ingresos brutos a las actividades desarrolladas en las terminales portuarias de la provincia.

ARBA presento un instructivo para la confección de la DDJJ e ingreso del adicional del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a las actividades portuarias, que fuera establecido por la Ley Impositiva 2020 y reglamentado por la RN (ARBA Bs. As.) 31/2020.

A esos fines los contribuyentes del impuesto IIBB que exploten terminales portuarias ubicadas en el territorio provincial, en su calidad de entes de derecho público no estatal o en su calidad de titulares de puertos particulares, los consorcios de gestión, o aquellos a los que por concesión u otro vínculo contractual se les haya otorgado dicha explotación, deberán abonar el referido adicional del tributo.

El monto recaudado tendrá para los contribuyentes el carácter de ingresado respecto del impuesto y podrá ser computado por dichos sujetos como pago a cuenta del mismo en el anticipo correspondiente al mes en que se produjo la operación sujeta a recaudación o en su defecto en el mes inmediato siguiente.

Cuando los importes recaudados no alcancen a cubrir el monto del anticipo del contribuyente, el sujeto alcanzado deberá ingresar la diferencia resultante dentro del plazo general fijado para el pago del anticipo correspondiente a ese periodo fiscal.

Secretaria de industria. Creación del programa de producción colaborativa de economía del conocimiento

La Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa crea el programa denominado "Producción Colaborativa de Economía del Conocimiento" con el objetivo de brindar asistencia financiera a proyectos innovadores que combinen al menos 2 actividades incluidas en el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento recientemente sancionada, L. 27506, art. 2, exceptuando de esta limitaciòn a los servicios profesionales únicamente en la medida que sean de exportación y que en su ejecución promuevan la reactivación económica.

Los beneficiaciones de la financiación serán las personas jurídicas de carácter privado, público, mixto e instituciones públicas del país y que de manera colaborativa y conjunta con otra u otras de iguales características, desarrollen proyectos de carácter innovador. Estas entidades podrán acceder a un subsidio de la tasa de interés y también podrán requerir Aportes No Reembolsables (ANR), para desarrollar los proyectos.

Con dicha finalidad se aprueba el reglamento operativo del programa que ha sido creado. 

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