25-07-2014

Plan de pagos para deudores

La AFIP implementó un plan de pagos por deudas impositivas, de seguridad social y aduaneras anteriores al 31 marzo de 2014 (Resolución General AFIP N° 3.630).

Las deudas impositivas y de seguridad social acumuladas al 31 de Marzo de 2014 podrán cancelarse en hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un interés del 1,9% mensual. En materia aduanera se permite pagar multas y cargos formulados por el servicio aduanero hasta Marzo 2014.

La medida incluye a los Monotributistas quienes podrán cancelar sus obligaciones impagas, excepto la porción de la cuota correspondiente a Obra Social.

El plazo para adherirse vence durante la última semana de agosto de 2014 y los contribuyentes podrán incluir deudas de capital, intereses, actualizaciones y multas, incluso las que estén discutiéndose en la justicia. Es importante destacar que este plan de pagos no otorga ninguna condonación ni reducción de intereses o multas.

Para poder adherirse al plan de pagos la AFIP exige que, al momento de la adhesión, los contribuyentes hayan presentado y pagado las declaraciones juradas vencidas a esa fecha.

Una limitación importante se vincula con la nómina de personal. Los contribuyentes que se adhieran no podrán disminuir la nómina de empleados declarados en Marzo 2014. Si la cantidad de empleados disminuye, el plan de pago caduca de pleno derecho.

Si bien este plan de pagos no disminuye la deuda de los contribuyentes, éstos podrían obtener algún beneficio financiero al cancelar sus deudas en cuotas pagando una tasa de interés inferior a la tasa de inflación.

La conveniencia de adherirse requerirá de un análisis particular. Ante cualquier duda o inquietud, estamos a su disposición para ayudarlo.

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