28-02-2024

Ley de Bienes Personales del Periodo Fiscal 2023

Exenciones en Inversiones e Instrumentos Financieros


Depósitos en entidades financieras del país
Los depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en las instituciones comprendidas en el régimen de la ley 21526 de entidades financieras, a plazo fijo, en caja de ahorro, en cuentas especiales de ahorro o en otras formas de captación de fondos de acuerdo con lo que determine el Banco Central de la República Argentina.

Títulos públicos
Los títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las Provincias, las Municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los certificados de depósitos reprogramados (CEDROS).

Obligaciones negociables
Las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional, siempre que sean emitidas por Oferta Pública y cuyos fondos se destinen a la Inversión Productiva.

Esta exención no es simétrica con el Impuesto a las Ganancias.

Instrumentos financieros del poder ejecutivo nacional
Los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo Nacional, siempre que así lo disponga la norma que los regule.
Estos instrumentos, entre otros, comprenden a los Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Sean colocados en Pesos,
  • Destino a la Inversión Productiva,
  • La exención debe estar comprendida en la norma que los crea,
  • Cuenten con la autorización del Poder Ejecutivo.

Fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros
La cuota partes de fondos comunes de inversión comprendidos en el artículo 1º de la ley 24.083 (FCI abiertos), y los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros constituidos en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación.

Los requisitos son que esos fondos hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores, y cuyo activo subyacente principal esté integrado, como mínimo, en un porcentaje del 75% , por inversiones exentas en el Impuesto a los Bienes Personales tales como los Depósitos en moneda extranjera y argentina en caja de ahorro, plazo fijo, inversiones en Títulos Públicos, Obligaciones Negociables emitidas en pesos; Instrumentos Financieros emitidos por el Poder Ejecutivo Nacional, y los Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros.

De lo anterior podemos deducir, que los Fondos Comunes de Inversión y los Fideicomisos Financieros tienen el mismo tratamiento fiscal.

Consulta sobre los instrumentos exentos
La AFIP se encuentra obligada a informar cuales son los instrumentos que se encuentran exentos en su página WEB y se puede hacer la consulta por año y por tipo de instrumento financiero de acuerdo con su código o nombre del título o bono o demás elementos que permitan individualizarlo.

También, se puede hacer la misma consulta a la página web de las entidades financieras y bancarias en la misma forma indicada para la AFIP.

De requerir mayor información sobre estos u otros temas, no duden en contactarnos.

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