22-05-2020

Cheque electrónico (e-cheq)

Características y ventajas


Es una de las medidas del BCRA (que entró en vigencia mediados de 2019) destinadas a fomentar la modernización del sistema de pagos y brindarle mejor calidad al sistema financiero, buscando simplificar, optimizar y abaratar las transacciones con cheques.

Tiene las mismas funcionalidades que un cheque físico, por ejemplo, puede ser común o de pago diferido, tiene carácter de título ejecutivo y es endosable.

Está regulado por las Comunicaciones A 6578, A6725, A6726 y A6727 del BCRA; Boletines 519, 521 y 522 de la CIMPRA; además de la Ley de Cheques.

Principales características:

  • solo pueden emitir e-cheqs los titulares de cuentas corrientes,
  • lo puede recibir cualquier titular de una cuenta bancaria (Caja de Ahorro, Cuenta Corriente o Cuenta Corriente especial),
  • lo debe realizar una persona determinada a través de un CUIT/CUIL o CDI, a diferencia de una transferencia donde se debe ingresar una CBU,
  • el e-cheq es realizado y circula por medios puramente electrónicos, ya sea a través de entidades financieras o de las infraestructuras del mercado financiero autorizadas,
  • la emisión y el depósito de los e-cheqs serán funciones exclusivas de las entidades financieras,
  • los e-cheqs, tal como sucede con los cheques tradicionales, siguen pagando el impuesto a los créditos y débitos bancarios,
  • el endoso forma parte de las funcionalidades que podrán ser realizadas tanto por las entidades financieras como por gestores que autorice el BCRA.

Principales ventajas:

  • simplificación de la operatoria de emisión, endoso, negociación y, circulación en general, a través de canales digitales,
  • se acepta un tope de 100 endosos (El receptor del e-cheq podrá visualizar la cadena de endosos completa antes de aceptarlo, mediante el homebanking),
  • reducción de costos operativos en comparación con el cheque tradicional,
  • mayor seguridad y efectividad,
  • reducción de motivos de rechazo (se elimina la posibilidad de rechazo por inconvenientes técnicos).

Qué hacer cuando se recibe un cheque electrónico:.

Es una función más dentro del homebanking de cada usuario.

Se debe aceptar en el servicio de cheques electrónicos habilitado en el homebanking de la entidad financiera del receptor del cheque.

 Al recibir un e-cheq se recibe una notificación de recepción de debe aceptar o rechazar, en caso de aceptarlo se puede:

  • depositarlo en cuenta,
  • cobrarlo por ventanilla en la sucursal correspondiente,
  • endosarlo, se informará al nuevo beneficiario y las entidades,
  • enviarlo a custodia,
  • venderlo por homebanking, tener en cuenta que antes se debe enviarlo a custodia.

Como depositar un e-cheq:

Se realiza a través de la plataforma habilitada por una entidad financiera.

Una vez que el cliente acepta el e-cheq y, dado que puede visualizarlo a través de los canales electrónicos habilitados por todas las entidades financieras donde posee cuenta, puede seleccionar la entidad y cuenta de depósito.

Los plazos de acreditación son los mismos que para el cheque en papel (48 horas cuando se requiere compensación entre bancos).

Como se negocia un e-cheq:

Facilita su negociación, pudiendo realizarse de forma electrónica y remota, reduciendo costos operacionales, de traslado y verificación de documentos.

En la plataforma habilitada por las entidades financieras o los gestores se encontrará la opción “Endoso para Negociación”. Con su selección, el e-cheq ingresa al mercado bursátil a través de las Infraestructura de Mercado Financiero elegida y previamente autorizada por el BCRA para brindar el servicio de custodia/registro del instrumento digital. A partir de allí, se mantienen los mismos esquemas de negociación que con el cheque en papel.

Se permite la negociación en el mercado de capitales, se hace mediante una SGR (Sociedad de garantía recíproca) que otorga un aval y posteriormente envía el mismo a la Caja de Valores para su negociación.

Rechazo de un e-cheq:

Al igual que el cheque en papel, se puede accionar judicialmente a través de la vía ejecutiva. Ante un rechazo por falta de fondos, se puede negociar el pago con algún integrante de la cadena de endosos. Si no se llega a un acuerdo, se puede solicitar en la entidad financiera donde se depositó el e-cheq la impresión del “Certificado para Acciones Civiles”.

Dicho certificado contendrá todos los datos referidos a la cadena de endosos e incluirá un “código de visualización” a efectos de poder validar que la información contenida sea la misma que se encuentra registrada en el sistema de almacenamiento administrado y operado por la cámara.

Cronograma de implementación que ha ido sucediendo

Fase I

  1. solo los bancarizados pueden cobrar y emitir desde homebaking,
  2. son emitidos a favor de una persona con CUIL/CUIT/CDI,
  3. no se emiten con cláusula “no a la orden” (sin endosos),
  4. pueden ser de pago diferido (CPD), con plazo máximo de 360 días,
  5. se acepta un tope de 100 endosos.

Fase II

  1. los e-cheqs pueden librarse al portador (CUIL/CUIT/CDI),
  2. pueden emitirse con cláusula “no a la orden”,
  3. deben contemplarse los distintos tipos d endoso según ley,
  4. el banco ofrece una multichequera para cancelar pagos con uno o varios cheques,
  5. son avalados por un tercero, de manera total o parcial,
  6. además del homebanking, pueden librarse desde la banca móvil.

Fase II-B

  1. se cobrarán por ventanilla en entidades financieras,
  2. podrán endosarse en blanco y se incluirán distintos tipos de endoso,
  3. el destinatario podría no contar con cuenta bancaria.
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